Las puertas de garaje automáticas son el medio de acceder al interior de los edificios con un vehículo. Actualmente estas puertas deben cumplir una serie de normativas en lo referente a la seguridad. Ante la confusión creada entre los propietarios de fincas sobre la normativa vigente, el colegio profesional de administradores de fincas de Madrid marcó unas pautas a seguir en un documento publicado en 2011.

Entre los objetivos propuestos consta que se realice el correcto marcado de la etiqueta europea CE, para cumplir con la norma UNE-EN 13241-1:2004. Aunque no se incluya en esta norma las protecciones contra el fuego y control de humos, las puertas deberán cumplir con la normativa al respecto especificada en prEN-16034 para obtener la marca CE.

El sello CE además deberá ser vuelto a comprobar cuando se hayan producido modificaciones en la instalación que haya podido alterar la seguridad de la puerta.

Merecen especial atención los casos en los que la puerta fue instalada por primera vez antes de 2005. Por aquel entonces la normativa era distinta y solo hacía falta cumplir con la Directiva de Máquina, Baja Tensión y Compatibilidad Electromagnética. Ahora sin embargo, para obtener el sello CE es necesario también cumplir con la Directiva de Productos de Construcción.

También puede darse la posibilidad de que anteriormente a la reforma, la puerta no cumplía con las directivas necesarias para la marca CE. En ese caso deberá cumplir con todas las directivas.

Sobre la directiva de máquinas hay que tener en cuenta que el agente que realice las modificaciones pasará a ser el fabricante y le corresponderá la responsabilidad de realizar el marcado CE y la declaración de conformidad.

Dudas sobre normativa de puertas de garaje

Las directivas en todo caso serán responsabilidad del fabricante en caso de una primera instalación de la puerta. Las puertas instaladas con anterioridad a la entrada en vigor de la directiva de productos de construcción no tendrán por que cumplirla si no es posible realizar un control CE sobre el fabricante original.

¿Qué tipos de reformas conllevan un nuevo marcado CE?

A la pregunta anterior, las respuestas no pueden cubrir todos los casos dada la gran variedad de reformas que es posible realizar. Sin embargo una puerta de garaje necesitaría un nuevo marcado en caso de que:

  • Se modificase la masa de a puerta (tiradores, barras, …)
  • Se modificase el tipo de puerta.
  • El cambio de motor. Estarán exentos de volver a pasar el marcado CE si el nuevo de motor es del mismo fabricante que el anterior con similares medidas de seguridad o la seguridad viene garantizada por otro tipo de elementos.
  • La instalación de nuevos dispositivos de seguridad
  • El cambio de cuadro
  • La transformación de puerta manual a puerta automática
  • La sustitución de componentes que puedan afectar de forma significativa a la seguridad de la puerta.

Como vemos, en la gran mayoría de casos, será el propio realizador de la reforma quien habrá de encargarse de volver a pasar por el marcado CE cuando sea necesario. No obstante, siempre es recomendable cuidarnos en salud, comprobando que el marcado se está gestionando correctamente. Leer aquí más sobre homologación de puertas de garaje

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